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    Subvenciones y licitaciones

    Kit Digital, Kit Consulting y Kit Espacios de Datos: en qué punto está cada ayuda y qué puedes hacer hoy

    Las tres grandes ayudas a la digitalización están cerradas. Te contamos el estado real de cada una, sin titulares inventados, y qué preparar hoy para presentar el primer día que se abra la próxima convocatoria.

    Namastech9 min de lectura
    Pantalla con la sede electrónica de Red.es y documentación de un expediente de subvención
    Actualizado el 15 de septiembre de 2026. Revisamos esta página cada vez que cambia el estado oficial de alguna de las tres ayudas. Si ves esta fecha desactualizada más de un mes, escríbenos y la corregimos.

    Si has llegado aquí buscando «cuándo vuelve el Kit Digital», te habrás encontrado con decenas de titulares del tipo «¡Vuelve el Kit Digital!» o «Nueva convocatoria: plazas limitadas». Casi todos parten de un hecho real —un cambio publicado en el BOE en enero de 2026— y lo cuentan mal.

    Vamos a ser claros desde el principio: a día de hoy no hay ninguna convocatoria abierta para solicitar Kit Digital ni Kit Consulting, y el plazo del Kit Espacios de Datos ya ha terminado.

    Eso no significa que no haya nada que hacer. Significa que lo que hay que hacer no es rellenar un formulario, sino prepararse. Y esa preparación es exactamente lo que marca la diferencia entre presentar el primer día y quedarse fuera.

    Por qué hay tanto ruido con esto

    En enero de 2026 se publicaron en el BOE dos órdenes: la TDF/39/2026, que modifica las bases del Kit Digital, y la TDF/38/2026, que hace lo propio con el Kit Consulting. Ambas permiten reinvertir en el propio programa los fondos remanentes que no llegaron a gastarse: renuncias, desistimientos, bonos caducados sin canjear, servicios no justificados.

    Aquí está la confusión que se repite en casi todos los artículos que encontrarás: modificar las bases reguladoras de un programa y convocar unas ayudas son dos cosas distintas, y no ocurren a la vez.

    Modificar las bases es preparar el marco jurídico. Convocar es abrir un plazo concreto, con importes concretos y requisitos concretos, mediante una resolución publicada en el BOE y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

    Lo primero ha ocurrido. Lo segundo, todavía no.

    Cualquier web que hoy te dé una fecha de apertura «confirmada» o te hable de «plazas limitadas» se lo está inventando. No hay plazas: las ayudas de estos programas se conceden por concurrencia no competitiva, es decir, por riguroso orden de llegada hasta agotar el crédito. Nadie puede reservarte un sitio.

    Estado real de cada programa

    Kit Digital

    Estado: cerrado para nuevas solicitudes.

    El Kit Digital es la inversión 3 del componente 13 del Plan de Recuperación, dotada con unos 3.067 millones de euros de fondos NextGenerationEU. Entre 2021 y 2025 concedió más de 900.000 ayudas a lo largo de cinco convocatorias.

    El último plazo abierto fue el del Segmento III (autónomos y empresas de 0 a menos de 3 empleados), que cerró el 31 de octubre de 2025. Desde entonces no se ha publicado ninguna convocatoria nueva.

    Los importes de las convocatorias anteriores, como referencia de lo que cabría esperar:

    SegmentoPlantillaBono
    I10 a menos de 50 empleadoshasta 12.000 €
    II3 a menos de 10 empleadoshasta 6.000 €
    III0 a menos de 3 empleadoshasta 3.000 €

    Hubo además una línea específica para medianas empresas de 50 a 250 empleados, con bonos de 25.000 € (de 50 a menos de 100 trabajadores) y 29.000 € (de 100 a menos de 250). Fue la primera vez que el catálogo oficial incorporó herramientas basadas en inteligencia artificial como solución subvencionable, un cambio de fondo que probablemente marque el diseño de las próximas convocatorias.

    Lo importante: el programa no ha sido derogado. La Orden TDF/39/2026 lo mantiene vigente hasta agotar los fondos, sin plazo de calendario. Lo que se agotó fueron los plazos de solicitud, no el programa.

    Kit Consulting

    Estado: convocatoria finalizada.

    El Kit Consulting nació en septiembre de 2024 con bases en la Orden TDF/436/2024 y un presupuesto de 300 millones de euros. A diferencia del Kit Digital, no financia la compra de software: financia asesoramiento estratégico. Diagnóstico, hoja de ruta, casos de uso.

    SegmentoPlantillaBono
    A10 a menos de 50 empleadoshasta 12.000 €
    B50 a menos de 100 empleadoshasta 18.000 €
    C100 a menos de 250 empleadoshasta 24.000 €

    El portal oficial marca la convocatoria como finalizada y no admite solicitudes nuevas. La Orden TDF/38/2026 obliga a Red.es a reinvertir en el propio programa cualquier remanente no ejecutado, incluso después de 2026. El marco está listo para nuevas convocatorias sin tener que tocar la norma otra vez. Falta que se publiquen.

    Un dato que conviene tener presente: el 82 % de las pymes que recibieron Kit Consulting fueron también beneficiarias del Kit Digital. Son programas compatibles y complementarios, y quien planifica bien usa los dos.

    Kit Espacios de Datos

    Estado: plazo terminado el 31 de marzo de 2026.

    Este es el más reciente y el peor conocido de los tres. Se regula por la Orden TDF/758/2025, de 11 de julio, y Red.es lanzó la convocatoria (C055/25-SI) con 60 millones de euros. El plazo se abrió el 3 de noviembre de 2025 y cerró el 31 de marzo de 2026 a las 11:00.

    Importes máximos:

    Tipo de entidadComo participanteComo proveedor de datos
    Entidades privadas y públicas con actividad económicahasta 15.000 €hasta 30.000 €
    Administraciones Públicashasta 25.000 €hasta 50.000 €

    La sede electrónica de Red.es llegó a marcar que se habían recibido solicitudes por encima del presupuesto disponible, lo cual da una idea del interés que despertó.

    Qué cubría y qué no. Son gastos subvencionables el asesoramiento de negocio, jurídico o técnico; el software de conexión, gobernanza, tratamiento y seguridad de datos; y las herramientas de cumplimiento normativo y despliegue de casos de uso. No son subvencionables el hardware, las infraestructuras, las cuotas de participación, la compra de datos, el IVA, la formación ni los gastos financieros.

    Esta distinción es la que más expedientes complica en la fase de justificación, y volveremos sobre ella más abajo.

    Lo que sí puedes hacer hoy

    Aquí está la parte útil. Cuando una ayuda se concede por orden de llegada, el trabajo no se hace cuando abre el plazo: se hace antes. Las empresas que presentan el primer día son las que ya tenían todo resuelto.

    Esto es lo que revisamos con un cliente que quiere estar listo:

    1. 1

      Certificado digital vigente y con poderes correctos. Suena obvio y es la causa número uno de retrasos. Comprueba la fecha de caducidad y, si el certificado es de representante, que los poderes inscritos cubran la solicitud de subvenciones. Renovar un certificado con las notarías de por medio puede llevarte tres semanas que no vas a tener.

    2. 2

      Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social. Se comprueba de oficio y en el momento de la solicitud. Un aplazamiento sin resolver o una deuda menor en discusión puede tumbarte el expediente sin que nadie te avise.

    3. 3

      Situación censal coherente. El domicilio fiscal, el epígrafe de IAE y la fecha de alta tienen que cuadrar con lo que vas a declarar. Discrepancias entre el modelo 036 y lo que consta en el Registro Mercantil generan requerimientos.

    4. 4

      Cálculo de la plantilla media anual. Es lo que determina tu segmento y, por tanto, el importe al que optas. No es la plantilla de hoy: es la media del ejercicio de referencia que fije la convocatoria. Tenerlo calculado y documentado con los TC2 te ahorra un requerimiento.

    5. 5

      Control de minimis. Existe un tope acumulado de ayudas de minimis por empresa y periodo. Si has recibido otras subvenciones, hay que sumarlas. Sobrepasar el límite es motivo de denegación y, si se detecta después, de reintegro.

    6. 6

      Saber qué vas a pedir, y que sea coherente. Especialmente en Kit Consulting y Kit Espacios de Datos, donde lo que se financia es asesoramiento, la memoria tiene que describir un proyecto real con un problema real. Las memorias genéricas se detectan enseguida y se requieren.

    7. 7

      Tener identificado al agente o asesor acreditado. El bono no se cobra directamente: se ejecuta a través de un agente digitalizador o un asesor digital adherido, que implanta, formaliza el acuerdo y justifica ante la administración. En convocatorias anteriores los acuerdos se formalizaron por orden de llegada hasta agotar fondos.

    Los errores que más expedientes tumban

    Después de más de diez años tramitando ayudas y licitaciones, estos son los que vemos una y otra vez:

    Confundir concedido con cobrado.

    La resolución de concesión no es el final. Si el servicio no se ejecuta en plazo y no se justifica correctamente, no hay cobro. Y en algunos casos hay reintegro con intereses.

    Justificar gastos no elegibles.

    El caso clásico del Kit Espacios de Datos: meter hardware o formación en una cuenta justificativa donde solo caben asesoramiento, software y herramientas. La partida se cae entera.

    Perder los plazos de justificación.

    Los calendarios de ejecución y justificación corren desde la resolución, no desde cuando te acuerdas. Una vez pasado el plazo no hay reparación posible.

    No conservar las evidencias.

    Hay que poder demostrar la incorporación efectiva, la prestación del servicio, los entregables. «Lo hicimos» no es una evidencia. Facturas, acuerdos firmados, entregables fechados y capturas del sistema sí lo son.

    Elegir al proveedor por precio y no por solvencia.

    Si tu agente digitalizador desaparece a mitad de proyecto, el problema administrativo es tuyo, no suyo.

    Dónde mirar para no perderte nada

    Cualquier convocatoria real aparece primero en tres sitios. Si no está ahí, no existe:

    • El BOE (boe.es), donde se publican las órdenes de bases y los extractos de convocatoria.
    • La sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es), donde se presentan las solicitudes.
    • La Base de Datos Nacional de Subvenciones, el registro oficial de todas las convocatorias del Estado.

    Añade también Acelera Pyme (acelerapyme.gob.es), el portal oficial del programa, donde está el test de autodiagnóstico de madurez digital.

    Estas fuentes son gratuitas y públicas. El trámite ante la administración siempre lo es.

    En resumen

    Las tres grandes ayudas estatales a la digitalización están hoy cerradas. El marco jurídico está preparado para que se publiquen nuevas convocatorias, y hay voluntad declarada de continuar, previsiblemente con más peso de la inteligencia artificial. Pero no hay fechas.

    Lo que sí hay es una ventana para llegar preparado. Cuando estas ayudas se conceden por orden de llegada y el presupuesto se agota antes que el plazo —como ya ha ocurrido—, la diferencia entre conseguirla y no conseguirla se decide en las semanas previas, no el día que abre.

    Preguntas frecuentes

    ¿Puedo solicitar el Kit Digital ahora mismo?

    No. Las convocatorias de solicitud están cerradas desde el 31 de octubre de 2025 y Red.es no ha publicado ninguna nueva. El programa sigue vigente jurídicamente, pero solo puede solicitarse cuando se publique una convocatoria oficial.

    ¿Se ha cancelado el Kit Digital?

    No. La Orden TDF/39/2026 mantiene el programa vigente hasta agotar los fondos. Lo que terminó fueron los plazos de las convocatorias anteriores.

    ¿Cuándo se abrirá la próxima convocatoria?

    No hay fecha publicada. Cualquiera que te dé una fecha concreta hoy está especulando. Aparecerá primero en el BOE y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

    ¿Son compatibles el Kit Digital y el Kit Consulting?

    Sí, son complementarios: uno financia implantación de soluciones y el otro asesoramiento estratégico. De hecho, el 82 % de las pymes que recibieron Kit Consulting también fueron beneficiarias del Kit Digital.

    Soy autónomo sin empleados, ¿puedo pedir Kit Consulting?

    No. El Kit Consulting exige una plantilla mínima de 10 empleados. La vía para autónomos y microempresas es el Kit Digital, Segmento III.

    ¿Cuánto tarda en resolverse una solicitud?

    El plazo legal máximo suele ser de seis meses, aunque en la práctica depende del volumen de solicitudes. Los expedientes con documentación completa y verificable se resuelven antes.

    ¿Quieres presentar el primer día?

    En Namastech llevamos más de diez años tramitando subvenciones, kits digitales y licitaciones públicas para empresas de todos los tamaños. Preparamos el expediente por adelantado y lo presentamos en cuanto se abra el plazo.

    Cuéntanos tu caso y te damos un diagnóstico claro antes de iniciar ningún trámite, sin compromiso.

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